El presente trabajo aborda desde un punto de vista jurídico la Filiación de los hijos nacidos fuera de matrimonio, mismos que desde hace muchos siglos han sido objeto no solamente de una exposición pública por las condiciones en que nacieron, sino que incluso ante la ley sufrían de derechos nulos, y, en ocasiones, ni siquiera tenían la posibilidad de conocer a sus progenitores.Ya en los inicios del siglo pasado y, gracias a los resabios del “Siglo de las Luces”, con la vorágine de los Derechos Humanos, es que se inicia también con la igualdad social, jurídica y moral de los seres humanos, sin dejar de lado, por supuesto, a los menores, quienes ya en el siglo XX, en algunas legislaciones, sobretodo Europeas, les son reconocido no sólo Derechos en materia de Filiación, sino también muy importante: Igualdad en las Filiaciones, es decir, desaparece la terminología de “ Hijos Nacidos fuera de Matrimonio”.Situación eminentemente importante, pues permite a cada menor, con independencia de las circunstancias de su nacimiento, una igualdad ante la Ley y la sociedad, esta última la que más los ha señalado, y que hoy, gracias a la nueva tendencia mundial, desaparece de legislaciones el término que los había estigmatizado.Este trabajo pretende presentar un panorama de la legislación en materia de Derecho de familia en Michoacán, como lo es el Código Familiar para el Estado de Michoacán; y cómo en éste, no se encuentran tuteladas las garantías individuales del derecho a la no discriminación e igualdad de las filiaciones.