La función desempeñada por el notariado de corte latino en el mundo y por supuesto en México, ha contribuido sin duda al desarrollo económico y a la estabilidad de la sociedad, al constituir su actividad una garantía de protección a los derechos individuales en las relaciones patrimoniales, brindando certeza y seguridad jurídica a los ciudadanos que requieren los servicios notariales, al mismo tiempo que su labor constituye un dique de prevención de conflictos judiciales.El notario como profesional del derecho investido de fe pública, da forma legal a la voluntad de las personas confiriendo certeza y seguridad a los hechos pasados ante su fe. Tomando en consideración las características de imparcialidad y probidad que rigen la actuación notarial, algunas legislaciones en el país lo definen además como auxiliar de la administración de justicia, como consejero, árbitro o asesor internacional. 1 En ese contexto, entidades de la República como Jalisco, Tamaulipas y el Distrito Federal, han reformado sus legislaciones para ampliar las facultades de los notarios a fin de que puedan intervenir en asuntos de jurisdicción voluntaria y de esa forma, con su actuación contribuyan a desahogar la carga de trabajo de los juzgados, coadyuvando en la solución de asuntos que no son de naturaleza contenciosa.Michoacán es uno de los estados de la República donde la legislación no posibilita la actuación notarial en temas de jurisdicción voluntaria, por lo que es indispensable promover una reforma para ampliar las facultades de los notarios al campo de la jurisdicción voluntaria, para con ello reducir tiempos y costos en favor de los ciudadanos.